Montoro

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DECRETO SOBRE INFORMACION AL CONSUMIDOR EN LA COMPRA Y ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE ANDALUCIA

19/10/2006

El Decreto 218/2005, de 11 de octubre, regula la información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía.

A qué se aplica: actividad empresarial y profesional de oferta, promoción y publicidad de venta y arrendamiento de viviendas, incluida la intermediación: agencias de la propiedad inmobiliaria, intermediarios y demás corredores.

Excluidas: ventas mediante subasta publica, judicial o administrativa

Regula:

- La información a facilitar al consumidor: tanto en primera transmisión como en segundas y posteriores y en el arrendamiento de viviendas.

- La documentación que debe ser entregada con carácter previo a la firma del contrato: licencias, estatutos de comunidad, seguros y garantías, libro del edificio, instrucciones de evacuación del inmueble, certificación de que el trasmitente se encuentra al corriente del IBI, etc.

- La necesidad de poner a disposición de los consumidores el llamado documento informativo abreviado con datos básicos esenciales: identificación del promotor o intermediario, empresa constructora y director de obra, identificación de la vivienda, planos de la misma, descripción del edificio, memoria de calidades, precio completo, formas de pago, cantidades entregadas a cuenta...

También es obligatoria la entrega de este documento para el arrendamiento de viviendas: descripción del inmueble, identificación del arrendador, inventario de enseres y mobiliario, descripción del edificio, renta contractual, coste de otros gastos, fianzas, existencia de cargas o gravámenes...

- El documento informativo abreviado debe ser gratuito.

- Debe facilitarse también nota explicativa sobre el precio y las formas de pago.

- Obligación de contar con una cartel informativo sobre la existencia a disposición del usuario del documento informativo abreviado que deberá situarse junto con el que anuncie la existencia de hojas de reclamaciones.

El reglamento detalla minuciosamente toda la información y documentación que debe ser facilitada al consumidor, tato en su articulado como mediante los anexos correspondientes.

Los anexos regulan:

- El contenido el documento informativo abreviado.

- La justificación de la entrega de nota explicativa sobre el precio y las formas de pago.

- Ficha informativa en segundas y posteriores transmisiones


MAS INFORMACION:

TELEFONO DEL CONSUMIDOR : 900 84 90 90 (GRATUITO)

Delegacion. Consejeria de Gobernacion
Calle San Felipe, 5. 14003 Córdoba
Teléfono: 957 00 22 00.

Punto de Informacion al Consumidor. Ayuntamiento de Montoro
Plaza de España, 1. 14600 Montoro
Teléfono: 957 16 04 25

http://montoro.cuadernosciudadanos.net/Epora_Nostra/2006/10/19/decreto-sobre-informacion-al-consumidor-en-la-comp/
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